The Warn Acts: Federales y Estatales

Del equipo editorial de Melmed Law Group
Actualizado a febrero de 2025

Las Leyes WARN de California y federal requieren que ciertos empleadores cubiertos proporcionen a los empleados un aviso de al menos 60 días antes del cierre de una planta o un despido masivo. El aviso debe ser específico y cumplir con ciertas normas legales establecidas. Un empleador cubierto que no proporcione un aviso adecuado sobre el cierre de una planta, un despido masivo o, en California, una reubicación, enfrenta consecuencias significativas. Los empleados afectados pueden tener derecho a recuperar diversas categorías de daños a través de una acción civil.

I. Introducción

Las Leyes de Notificación de Ajuste y Recapacitación para Trabajadores (WARN, por sus siglas en inglés) son leyes que requieren que los empleadores proporcionen un aviso anticipado—o adviertan—a sus empleados sobre próximas reducciones de trabajo o cierres de plantas. Existen varias leyes WARN en vigor hoy en día: la ley WARN federal y numerosas leyes WARN específicas de cada estado. El propósito principal de las leyes WARN es proporcionar a los empleados y sus familias tiempo para adaptarse a la posible pérdida del empleo, buscar trabajos alternativos y/o participar en programas de capacitación.

En 1988, el Congreso promulgó la ley WARN federal para proteger a los trabajadores—y a sus comunidades—de la pérdida de ingresos causada por el cierre de una planta, un despido masivo o una reducción a gran escala de las horas de trabajo. La ley WARN federal cubre a los trabajadores en todos los estados. Algunos estados, como California, también tienen su propia versión de la ley WARN, la cual complementa la ley WARN federal. Por ejemplo, en 2003, California aprobó su propia versión de la ley WARN. [1] Aunque la ley WARN de California tiende a ser ligeramente más favorable para los trabajadores que la ley WARN federal, ambas comparten un propósito similar y tienen muchos requisitos que se superponen (con diversas similitudes y diferencias matizadas que se destacarán a lo largo de este artículo). En última instancia, tanto la ley WARN de California como la federal requieren que los empleadores proporcionen a sus empleados afectados y a los gobiernos locales un aviso adecuado sobre ciertas terminaciones, despidos o reducciones de horas.

Las leyes WARN no se aplican a todos los empleadores. Este artículo usa el término “empleador cubierto” para referirse a un empleador sujeto a la ley WARN de California o a la ley WARN federal. Cuando un empleador cubierto no cumple con los requisitos de notificación de las leyes WARN, un empleado afectado puede tener derecho a diversas formas de compensación financiera y puede reclamar dichos daños a través de una acción civil.

Este artículo examina los cuatro pasos clave de las leyes WARN en orden secuencial.

  • Paso 1: ¿Qué empleadores están sujetos a las leyes WARN (en otras palabras, quién es un empleador cubierto)?
  • Paso 2: ¿Qué eventos activan los requisitos de notificación de las leyes WARN para un empleador cubierto?
  • Paso 3: ¿Cuáles son los requisitos específicos de notificación de las leyes WARN (es decir, ¿cómo cumple un empleador cubierto con las leyes WARN)?
  • Paso 4: ¿Cuáles son las consecuencias si un empleador cubierto no cumple con las leyes WARN?

Tanto la ley WARN federal como la de California se aplican a terminaciones, despidos y reducciones, y—solo en California—también a reubicaciones. Estas son las palabras que este artículo utiliza, pero existen muchas otras que pueden significar lo mismo, tales como:

  • Recortes
  • Reestructuración Corporativa
  • Reducción de Personal
  • Eliminación de Puestos
  • Licencia Temporal
  • Reducción de Fuerza o RIF
  • Disminución de Personal
  • Reorganización
  • Optimización
  • Cierre
  • Disminución de Plantilla
  • Consolidación

Si un empleador usa cualquiera de estas palabras u otras similares para describir la pérdida de empleos, despidos, reducciones de horas o reubicaciones, es posible que deba cumplir con las leyes WARN.

Referencias

[1] El Hermandad Internacional de Caldereros, etc. v. NASSCO Holdings Inc., 17 Cal. App. 5th 1105, 1122 (2017) (“En 1988, el Congreso promulgó la Ley federal WARN para exigir un aviso de 60 días antes del cierre de una planta o un despido masivo ... en 2003, la Legislatura de California promulgó su propia versión ... creyendo que la ley federal era ineficaz en varios aspectos y buscando complementarla para brindar mayores protecciones a los trabajadores.”) (citando otras fuentes) (citas internas omitidas).arrow_drop_up

[2] 29 U.S.C. § 2101(a)(1).arrow_drop_up

[3] 29 U.S.C. § 2101(a)(8).arrow_drop_up

[4] Código de Trabajo de California § 1400.5(a).arrow_drop_up

[5] Código de Trabajo de California § 1400.5(b).arrow_drop_up

[6] Lugo-Rodriguez v. My World Enterprises, Inc., 2018 WL 2247578, en *2 (Cal. Super. 2018).arrow_drop_up

[7] Proyecto de Ley de la Asamblea de California No. 1356, Sesión Regular de California 2023–2024, Proyecto de Ley de la Asamblea de California No. 1356, Sesión Regular de California 2023–2024 (énfasis añadido).arrow_drop_up

[8] El Hermandad Internacional de Caldereros, etc. v. NASSCO Holdings Inc., 17 Cal. App. 5th 1105, 1122, 1123 (2017) (“Al ampliar las protecciones, la Legislatura [de California] estaba preocupada principalmente porque la Ley federal WARN tenía una aplicación limitada, exigiendo aviso previo solo cuando un gran empleador (con más de 100 empleados) implementa un despido masivo de empleados (33 por ciento de la fuerza laboral o 500 empleados). La Legislatura de California encontró que estos umbrales no mitigaban las consecuencias ‘devastadoras’ de los despidos inesperados de trabajadores en muchas comunidades. La Legislatura [de California] así estableció nuevos mínimos: la Ley WARN de California requiere avisos para despidos de 50 trabajadores (independientemente del porcentaje de la fuerza laboral) y se aplica a empleadores que tengan 75 o más empleados.”) (citando otras fuentes) (citas internas omitidas).arrow_drop_up

[9] Código de Trabajo de California § 1400.5(h).arrow_drop_up

[10] 29 U.S.C. § 2101(a)(2).arrow_drop_up

[11] 29 U.S.C. § 2101(a)(3).arrow_drop_up

[12] 29 U.S.C. § 2101(a)(3).arrow_drop_up

[13] 29 U.S.C. § 2101(a)(5).arrow_drop_up

[14] 29 U.S.C. § 2101(a)(6).arrow_drop_up

[15] 29 U.S.C. § 2102(d) (con puntuación añadida para mejorar la legibilidad).arrow_drop_up

[16] Código de Trabajo de California § 1400.5(d).arrow_drop_up

[17] Código de Trabajo de California § 1400.5(h).arrow_drop_up

[18] El Hermandad Internacional de Caldereros, etc. v. NASSCO Holdings Inc., 17 Cal. App. 5th 1105, 1122 (2017).arrow_drop_up

[19] Código de Trabajo de California § 1400.5(e).arrow_drop_up

[20] Código de Trabajo de California § 1400.5(f).arrow_drop_up

[21] 29 U.S.C. § 2102(a).arrow_drop_up

[22] Local 1239, Intern. Broth. of Boilermakers, Iron Shipbuilders, Blacksmiths, Forgers and Helpers v. Allsteel, Inc., 9 F. Supp. 2d 901, 906 (N.D. Ill. 1998) (“El lenguaje del estatuto no se centra en el conocimiento del empleado; se centra en si el acusado violó el estatuto y cuánto tiempo duró la violación. Debido a que el lenguaje es claro y específico, no hay razón para que este tribunal agregue otro requisito previo para la responsabilidad.”) (énfasis añadido).arrow_drop_up

[23] 20 C.F.R. § 639.8; y ver 29 U.S.C. § 2107(b) (“[E]l envío del aviso a la última dirección conocida del empleado o la inclusión del aviso en el cheque de pago del empleado se considerará un método aceptable para cumplir con la obligación del empleador de dar aviso a cada empleado afectado ...”).arrow_drop_up

[24] 20 C.F.R. § 639.8 (“Un aviso impreso en un boleto, es decir, un aviso preimpreso incluido regularmente en el cheque de pago o sobre de pago de cada empleado, no cumple con los requisitos de WARN.”).arrow_drop_up

[25] 20 C.F.R. § 639.7(d).arrow_drop_up

[26] 20 C.F.R. § 639.7(e).arrow_drop_up

[27] 29 U.S.C. § 2102(c).arrow_drop_up

[28] 29 U.S.C. § 2102(b)(1).arrow_drop_up

[29] 29 U.S.C. § 2102(b)(3).arrow_drop_up

[30] 29 U.S.C. § 2102(b)(2)(A).arrow_drop_up

[31] 29 U.S.C. § 2102(b)(3).arrow_drop_up

[32] 29 U.S.C. § 2102(b)(2)(B).arrow_drop_up

[33] 29 U.S.C. § 2102(b)(3).arrow_drop_up

[34] 29 U.S.C. § 2103(1).arrow_drop_up

[35] 29 U.S.C. § 2103(2).arrow_drop_up

[36] 29 U.S.C. § 2103(2).arrow_drop_up

[37] 29 U.S.C. § 2103(2).arrow_drop_up

[38] 29 U.S.C. § 2101(b)(1).arrow_drop_up

[39] 29 U.S.C. § 2101(b)(1).arrow_drop_up

[40] 29 U.S.C. § 2101(b)(1).arrow_drop_up

[41] 29 U.S.C. § 2101(b)(2).arrow_drop_up

[42] Código de Trabajo de California § 1401(a).arrow_drop_up

[43] Código de Trabajo de California § 1401(a)(1).arrow_drop_up

[44] Código de Trabajo de California § 1401(b).arrow_drop_up

[45] Código de Trabajo de California § 1401(c).arrow_drop_up

[46] Código de Trabajo de California § 1402.5(d).arrow_drop_up

[47] Código de Trabajo de California §§ 1402.5(a), (b), (c).arrow_drop_up

[48] Código de Trabajo de California § 1400.5(g)(1).arrow_drop_up

[49] Código de Trabajo de California § 1400.5(g)(2).arrow_drop_up

[50] 29 U.S.C. § 2104(a)(5) (“Una persona que busque hacer cumplir ... la responsabilidad ... puede demandar en nombre propio o de otras personas en situación similar, o ambos, en cualquier tribunal de distrito en el que se alegue que ocurrió la violación, o en el que el empleador haya realizado negocios.”).arrow_drop_up

[51] 29 U.S.C. § 2104(a)(1)(A).arrow_drop_up

[52] 29 U.S.C. § 2104(a)(1)(B).arrow_drop_up

[53] 29 U.S.C. § 2104(a)(1)(B).arrow_drop_up

[54] 29 U.S.C. § 2104(a)(1)(B).arrow_drop_up

[55] 29 U.S.C. § 2104(a)(3).arrow_drop_up

[56] 29 U.S.C. § 2104(a)(3).arrow_drop_up

[57] 29 U.S.C. §§ 2104(a)(3) y (4).arrow_drop_up

[58] 29 U.S.C. § 2104(a)(6).arrow_drop_up

[59] El Hermandad Internacional de Caldereros, etc. v. NASSCO Holdings Inc., 17 Cal. App. 5th 1105, 1123 (2017) (“[Bajo la Ley WARN de California, los honorarios de abogado solo se otorgan a los demandantes vencedores (no a los demandados vencedores como en la ley federal.”) (énfasis añadido) (citando otras fuentes).arrow_drop_up

[60] Burns v. Stone Forest Industries, Inc., 147 F.3d 1182, 1182 (9th Cir. 1998).arrow_drop_up

[61] Burns v. Stone Forest Industries, Inc., 147 F.3d 1182, 1182 (9th Cir. 1998).arrow_drop_up

[62] Burns v. Stone Forest Industries, Inc., 147 F.3d 1182, 1185 (9th Cir. 1998).arrow_drop_up

[63] Burns v. Stone Forest Industries, Inc., 147 F.3d 1182, 1185 (9th Cir. 1998).arrow_drop_up

[64] 29 U.S.C. § 2104(b) (“[U]n tribunal federal no tendrá autoridad para impedir el cierre de una planta o un despido masivo.”).arrow_drop_up

[65] 29 U.S.C. § 2104(a)(2)(A).arrow_drop_up

[66] 29 U.S.C. § 2104(a)(2)(B).arrow_drop_up

[67] 29 U.S.C. § 2104(a)(2)(C).arrow_drop_up

[68] Código de Trabajo de California § 1404.arrow_drop_up

[69] Código de Trabajo de California § 1402(a)(1).arrow_drop_up

[70] Código de Trabajo de California § 1402(b).arrow_drop_up

[71] Código de Trabajo de California § 1402(a)(2).arrow_drop_up

[72] Código de Trabajo de California § 1402(b).arrow_drop_up

[73] Código de Trabajo de California § 1403 (Sin embargo, si un tribunal “determina que un empleador llevó a cabo una investigación razonable de buena fe y tenía bases razonables para creer que su conducta no era una violación” de la Ley WARN de California, entonces “un tribunal puede reducir la cantidad” de la sanción civil.) Véase, Código de Trabajo de California § 1405.arrow_drop_up

[74] Código de Trabajo de California § 1404.arrow_drop_up

[75] El Hermandad Internacional de Caldereros, etc. v. NASSCO Holdings Inc., 17 Cal. App. 5th 1105, 1116 (2017).arrow_drop_up

[76] Código de Trabajo de California § 1402(c)(1).arrow_drop_up

[77] Código de Trabajo de California § 1402(c)(2).arrow_drop_up

[78] Código de Trabajo de California § 1402(c)(3).arrow_drop_up

[79] 29 U.S.C. § 2106.arrow_drop_up

[80] 20 C.F.R. § 639.1(e) (énfasis añadido).arrow_drop_up

[81] 29 U.S.C. § 2104(a)(5) (“Una persona que busque hacer cumplir dicha responsabilidad… puede demandar en su nombre o en nombre de otras personas en situación similar, o ambas…”) (federal); y Código de Trabajo de California § 1404 (“Una persona… que busque establecer la responsabilidad de un empleador puede presentar una acción civil en nombre de la persona, de otras personas en situación similar, o ambas…”) (California).arrow_drop_up

[82] Código de Procedimiento Civil de California § 340.arrow_drop_up